El 26 de enero se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid (BOCM), número 21, el anuncio de la alcaldía sobre el
sometimiento a información pública de la Modificación Puntual de las
Normas Subsidiarias de Galapagar respecto a la categoría del suelo
urbanizable con ordenación pormenorizada del polígono 40 “Los Altos de
la Navata”, sin que este hecho de indudable importancia para los
ciudadanos se haya difundido mediáticamente ni aparezca reflejado a día
de hoy (16 de febrero) en el Portal de Transparencia Municipal de la
página web del Ayuntamiento.
Según se señala en el anuncio del BOCM, la consulta del expediente
podrá realizarse, en horario de 9 a 14 horas, en la Concejalía de
Planificación, Ordenación del Territorio y Urbanismo, sita en el
polideportivo municipal, calle Guadarrama, 129, durante cuarenta y cinco
días (sin contar domingos y festivos) a partir de la fecha de
publicación y presentar dentro de ese periodo las oportunas alegaciones.
Aunque no se especifique debidamente en el anuncio, lo que se somete a
información pública es en realidad el Texto Refundido 2014 para la
Aprobación Provisional del proyecto cuya tramitación se inició en 2012.
A pesar de que en la documentación se afirma en varias ocasiones que el
ayuntamiento ha dado respuesta a las 229 alegaciones que se formularon
entonces, ningún interesado que sepamos ha recibido escrito alguno en
este sentido, lo cual dificulta sobremanera comprobar si las
consideraciones y objeciones que se hicieron en su día se han tenido en
cuenta, o por lo menos algunas de ellas, y han sido incorporadas a la
documentación para la Aprobación Provisional del proyecto. Por esta
razón, Ecologistas en Acción ha solicitado consultar la contestación
dada por el Ayuntamiento a las alegaciones presentadas en 2012 a la
Aprobación Inicial, que no nos consta se haya incluido en la
documentación a consultar.
En lo esencial, la presente Modificación Puntual con Ordenación
Pormenorizada es prácticamente la misma: construcción injustificada de
652 viviendas; equipamiento escolar “preferentemente” público;
habilitación de suelo para actividades económicas; “preservación” de los
elementos ambientales más significativos del ámbito o que colindan con
él: arbolado, vía pecuaria, espacios naturales y patrimonio histórico y
cultural…
Lo anterior, como quedó ampliamente reflejado en las alegaciones
formuladas por vecinos y colectivos hace dos años, carece de
credibilidad.
A juicio de Ecologistas en Acción, a la hora de justificar el
desarrollo urbanístico de una zona de gran valor ambiental, de casi 40
Ha, calificada como suelo no urbanizable común en las NNSS de 1989
vigentes en el sector, no pueden alegarse razones de interés general.
Muy al contrario, la iniciativa pretende dar respuesta al afán puramente
comercial y especulativo de la Inmobiliaria IKASA, propietaria de más
del 50% de los terrenos, que va a tratar por todos los medios de
rentabilizar la inversión realizada.
El Ayuntamiento de Galapagar, tan proclive a seguir permitiendo la
desnaturalización del municipio, debería reflexionar sobre las
actuaciones urbanísticas que han hecho de Galapagar lo que ahora es: un
ejemplo de lo que no se debe hacer.
De:
http://www.ecologistasenaccion.org/article29454.html
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