Ecologistas en Acción ha
presentado una denuncia contra la alcaldesa Ana Botella y al Delegado
del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, Diego Sanjuanbenito.
No han adoptado las medidas necesarias para garantizar que el aire de
Madrid cumpla los límites legales de contaminación. Son, por tanto,
responsables, de comisión por omisión, de acuerdo a la denuncia
presentada.
El Gobierno municipal tiene el deber de poner en marcha planes
eficaces para que la contaminación se sitúe en niveles tolerables lo
antes posible. También es responsable de advertir a la ciudadanía cuando
se avecina un episodio de alta contaminación. No cumple con sus
obligaciones.
Por estos motivos, Ecologistas en Acción ha decidido denunciar por la
vía penal a las personas responsables de este incumplimiento en nombre
del Ayuntamiento. En la denuncia, presentada esta mañana en los juzgados
de Plaza de Castilla, y referida a la contaminación por dióxido de
nitrógeno, se reclama que se les impute el delito contra el medio
ambiente definido en el artículo 325 del Código Penal.
Dicho artículo castiga “a quien provoque, directa o indirectamente,
emisiones a la atmósfera”. La denuncia considera que Botella y
Sanjuanbenito son responsables de esas emisiones por omisión, es decir,
por no tomar las medidas necesarias para evitar que las emisiones del
tráfico superen año tras año los límites legales.
Los denunciados también contravienen las “disposiciones de carácter
general protectoras del medio ambiente”, es decir, la legislación de
calidad del aire, que además del medio ambiente protege la salud de las
personas.
La contaminación del aire en Madrid no es un suceso fortuito o
imprevisible. No cabe ninguna duda de que el factor determinante de la
contaminación en Madrid, es el tráfico. El propio Ayuntamiento admite en
sus planes que más del 65% de las emisiones de óxidos de nitrógeno
provienen de la circulación de vehículos a motor, sobre todo diésel.
El principal problema reside en el dióxido de nitrógeno (NO2). No se
toman medidas para controlar en la medida necesaria esas emisiones.
Según los datos de la red de medición de la contaminación atmosférica
del Ayuntamiento de Madrid, la ciudad ha rebasado los valores límite
legales para este contaminante marcados por la legislación estatal y
europea, todos y cada uno de los cinco años transcurridos desde 2010,
año en el que dichos valores comenzaron a ser de obligado cumplimiento.
Para el dióxido de nitrógeno, tanto el valor límite anual (fijado en
40 microgramos por metro cúbico, µg/m3) como el valor límite horario
(200 µg/m3, que no debe rebasarse más de 18 horas al año) son superados y
vulnerados año tras año en varias de las estaciones o incluso en el
conjunto de la ciudad.
El Plan de Calidad del Aire de la Ciudad de Madrid 2011-2015
fue utilizado por el Ayuntamiento como documentación justificativa para
la solicitud ante la Comisión Europea de una prórroga de cinco años
(hasta 2015) de los plazos de cumplimiento de los valores límite de NO2
para Madrid.
Sin embargo, la prórroga no fue admitida por la comisión porque,
según argumentaron desde la Comisión, resultaba “necesario incluir
medidas de reducción de la contaminación más estrictas en los planes de
calidad del aire”. Pero a pesar de todo, el plan se mantuvo sin
variación, renunciando de forma consciente a tomar medidas que
permitieran cumplir con la normativa vigente, evitando una excesiva
contaminación.
Con esta denuncia Ecologistas en Acción trata de conseguir lo que no
ha podido alcanzar tras años y años de reiterada denuncia pública: que
los madrileños y madrileñas recupere su derecho a respirar aire limpio
en el menor plazo de tiempo posible.
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