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TEXTO ACUERDO PLENARIA DESAHUCIOS.-
Es
un hecho manifiesto que desde el inicio de la crisis y el aumento del
paro, centenares de miles de familias han llegado a situaciones límite
que, en muchos casos, no les permiten cubrir sus necesidades más
básicas.
Según
datos del Consejo General del Poder Judicial entre 2007 y 2010, en
España se registro una cifra aproximada de 300.000 ejecuciones
hipotecarias. Una realidad que ha ido en aumento. Según un estudio de la
Asociación de Afectados por Embargos y Subastas, más de medio millón de
familias han perdido o perderán su casa en el período 2008-2015, dicha
asociación desglosa este más de medio millón de damnificados por etapas:
de 2008-2011, 150.000 ya han perdido su vivienda y soportan deudas que
impiden cualquier oportunidad de encauzar su futuro; en 2012, 135.000
familias han sufrido un proceso de ejecución hipotecaria. A estas cifras
hay que sumarles, sin no se toman medidas urgentes, otras 133.000 que
ya no pueden seguir pagando hipoteca y las 100.000 que dejarán de
hacerlo en los dos próximos años por el aumento del paro.
En
este contexto miles de familias se enfrentan, no solo, a la pérdida de
su vivienda sino también a una condena económica de por vida. Una vez
interpuesta la demanda por parte de la entidad bancaria se inicia el
proceso de ejecución, frente al cual solo se pueden alegar unas escasas
causas tasadas de oposición, que terminará con la subasta de la
vivienda. Cuando la subasta queda desierta, como sucede en la mayoría de
casos desde el inicio de la crisis, el ejecutante se adjudica el
inmueble por un 60% del valor de tasación y sigue reclamando la deuda
(principal, intereses y costas judiciales) a las personas en situación
de insolvencia y sus eventuales avalistas. Así pues estas miles de
familias están siendo condenadas vitaliciamente a la exclusión social y
la economía sumergida por una legislación anómala, que no tiene
comparación en los países de nuestro entorno. Todo esto hace que las
consecuencias de la crisis se carguen sobre la parte más vulnerable del
contrato hipotecario mientras las entidades financieras, en gran medida
responsables de esta, reciben ayudas millonarias sin asumir ninguna
responsabilidad. Hecho del todo inadmisible en un Estado autodenominada
social y democrático de derecho por su Constitución.
Por todo ello, se somete a votación poner en marcha las siguientes medidas para los vecinos empadronados del municipio:
PRIMERO: El Ayuntamiento de Navalafuente se declara municipio contra los desahucios de vivienda habitual.
SEGUNDO:
Se estudiarán las medidas a emprender a nivel municipal para paralizar
los desahucios, creando una comisión mixta en la que participen Gobierno
municipal, partidos políticos, Plataforma antidesahucio y otras
organizaciones sociales conocedoras de la problemática, con el objetivo
principal de buscar alternativas que eviten los desahucios por motivos
económicos. En los casos que no sea posible, se trabajara en la medida
de los recursos municipales para obtener un realojo digno de las
familias afectadas.
TERCERO: Crear
y apoyar protocolos de actuación de servicios sociales en casos de
desahucio, y cuando éste sea por motivos económicos y se refiera a la
vivienda única y habitual, solicitar al juzgado la suspensión del
desahucio. Los servicios sociales deberán tener capacidad suficiente
para atender a los afectados de forma efectiva, agilizar los trámites
oportunos para solicitar ayudas, vivienda, agua, luz, alimentos, etc, y
buscar soluciones ante situaciones de emergencia.
CUARTO: Habilitar
una partida presupuestaria destinada a una línea de ayudas que se
otorguen a los sujetos pasivos del Impuesto sobre el incremento de valor
de los terrenos de naturaleza urbana en los casos de dación en pago y
ejecución hipotecaria de vivienda única y habitual. De modo que el
transmitente presente la auto-liquidación sin ingresar el importe y
solicite, de forma inmediata, la ayuda correspondiente que, en cuanto se
le adjudique, no sé libre al beneficiario sino que se proceda a la
compensación de oficio con la deuda tributaria.
QUINTO: Interpelar
a las entidades financieras para exigirles la paralización de los
desahucios. Buscar entidades financieras alternativas con el objetivo
inmediato de retirar los fondos que tenga este Ayuntamiento con bancos
que realicen desahucios.
SEXTO: La corporación buscará soluciones que den salida a las necesidades de asesoría jurídica.
SEPTIMA: El
Ayuntamiento realizará las gestiones oportunas con el SAREB para que no
haya un solo piso vacío de esta entidad en el municipio, y que éstos se
empleen en dar solución a estos casos. No pueden existir personas en la
calle cuando hay muchas casas vacías.
OCTAVA: La corporación estudiará la posibilidad de modificar la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles a los efectos de establecer el recargo recogido en el articulo 72.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, para los inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente.
NOVENA: Publicitar en el municipio el presente acuerdo de forma eficaz para que la información llegue a quien más la necesita.
De:
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