martes, 11 de noviembre de 2014

¿REGULACIÓN MICOLÓGICA EN LA VERTIENTE SUR DEL GUADARRAMA?

El objeto de la entrada que nos ocupa hoy no es otro que el de reflexionar, una vez más (véase post de noviembre de 2010), sobre la insostenibilidad del actual sistema de recolección micológica llevado a cabo en los montes de la vertiente sur del Guadarrama situados administrativamente en la Comunidad de Madrid, proponiendo un nuevo sistema de aprovechamiento regulado como el ya implantado con éxito en la vertiente norte del Guadarrama y otros territorios de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.



Y, ¿por qué regular un aprovechamiento que tradicionalmente ha estado fuera de toda regulación?, se me dirá. Por pura coherencia y sostenibilidad, contestaré entonces.

Vayamos por partes, pues, para responder a la atinada pregunta. En primer lugar, antes de nada deberíamos definir el objeto del aprovechamiento en cuestión y el titular de los derechos del mismo, para así poder hacer una comparación con la situación existente entorno al aprovechamiento de otros recursos silvestres de la misma naturaleza.



Los hongos silvestres son, al igual que otras especies silvestres como las objeto de caza y pesca, las aguas continentales, los minerales del subsuelo, etc, bienes universales, cuyo aprovechamiento está regulado por el Estado con independencia de la titularidad del terreno en el que se encuentren los mismos. Es decir, para ejemplificarlo con un caso ampliamente conocido, las especies cinegéticas no son propiedad del dueño del terreno en el que se encuentran, sino que estos pueden tener, o no, derechos de aprovechamiento sobre las mismas o bien cederlos a terceros.

Teniendo en cuenta esto, nadie en su sano juicio discute la necesidad de la regulación de la caza y pesca mediante una normativa legal aplicable a cada caso y que atienda, no sólo, a la propia regulación del ejercicio de la caza y la pesca, sino a la sostenibilidad del ejercicio mismo de la actividad. Es decir, son los propios cazadores y  pescadores, los de verdad no los escopeteros, los primeros en reclamar una regulación del ejercicio de la caza y la pesca mediante zonas y periodos de vedas, ordenes anuales de caza, en las que se dictamina el número preciso de capturas de cada especie atendiendo a las diferentes necesidades biológicas de cada especie, etc. Todo ello tendente a la perpetuación de sus “derechos” de caza y pesca en un futuro. De modo que cuando echamos un vistazo al ordenamiento jurídico que regula la caza y pesca en nuestro país encontramos que no sólo se regulan las formas en que se lleva a cabo la actividad sino, principalmente, su sostenibilidad en el tiempo. Así, por ejemplo  en la Ley 8/2003, de 28 de octubre, de la flora y la fauna silvestres que regula la caza y pesca en la Comunidad Autónoma de Andalucía podemos leer (ya me hubiese gustado citar la Ley de Caza de la Comunidad de Madrid pero es que no existe y claro en la ley preconstitucional, por decirlo eufemísticamente, que la regula no encontraré lo que voy buscando):

Artículo 35. Régimen general.
1. El ejercicio de la caza y la pesca continental tendrá como finalidad la protección, conservación, fomento y aprovechamiento ordenado de los recursos cinegéticos y piscícolas de manera compatible con el equilibrio natural.”


Es decir, el interés principal del legislador, se sobreentiende que derivado de los usos y costumbres populares en la materia, es perpetuar la existencia de especies cinegéticas y piscícolas objeto de caza y pesca para futuras campañas y generaciones. Pues bien, he aquí dónde encontramos el hecho diferenciador en el ejercicio del aprovechamiento micológico, ¿por qué entonces no regular el aprovechamiento micológico mediante leyes con la finalidad de la protección, conservación, fomento y aprovechamiento ordenado de los recursos micológicos de manera compatible con el equilibrio natural?, ¿por qué no hemos de regular un bien igualmente limitado o más que las especies cinegéticas y piscícolas como los hongos? Entramos de plano en el segundo gran argumento a favor de una regulación en el aprovechamiento micológico: la insostenibilidad del mismo en los montes de la vertiente sur del Guadarrama en la Comunidad de Madrid, tal y  como se viene desarrollando hasta la fecha. ¿Por qué un buen cazador no discutirá la veda del conejo en su coto de caza local ante un año con una incidencia sobreelevada de mixomatosis, pero si pondrá reparos a la regulación micológica en esos mismos montes?, ¿por qué un buen pescador respetará la pesca sin muerte de la trucha en los tramos acotados del alto Manzanares pero no habría de hacer lo mismo con la prohibición de la recolección temporal de níscalos en los pinares de la Pedriza Anterior?


Os propongo un rápido ejercicio de agilidad mental. La imagen en cuestión es el mapa de áreas reguladas que podemos ver en la web oficial de MYASRC, que es el "Proyecto de Regulación y Comercialización de los Recursos Micológicos de Castilla Y León", y la pregunta es la siguiente, a la vista del anterior mapa: ¿dónde irán a recolectar hongos silvestres los, miles arriba, miles abajo, 6,5 millones de madrileños en su tiempo de ocio?

Efectivamente, habéis acertado todos. Si resido en Madrid, los medios de comunicación me bombardean cada otoño con las bondades culinarias de los hongos, se me vende igualmente lo bonito que es un paseo por los bosques otoñales del Guadarrama, florecen como hongos, y nunca mejor dicho, las "jornadas micológicas", y además al otro lado de la Sierra y en los principales territorios de tradición micológica de Castilla y León  necesito un permiso para la recolección... pues me voy a la Sierra de Madrid que allí no hay regulación ninguna y todo vale.

Llevo viviendo en Miraflores de la Sierra y recorriendo sus montes desde hace ya más de 10 años y la situación de los recursos micológicos desde entonces hasta ahora ha empeorado sensiblemente gracias a la falta de regulación. Cuando llegamos mi pareja y yo, aficionados como eramos a la micología en los montes sorianos (pioneros en la regulación de estos recursos) recolectábamos regularmente también en los montes del entorno, pero año tras año hemos ido viendo como tanto el número de especies de hongos, como el número de ejemplares de cada una de ellas, ha descendido bruscamente hasta llegar a la práctica desaparición de muchas de las mismas. Hace años que toparme con ejemplares, tan comunes en otros tiempos, como el champiñón, níscalos o boletus edulis es todo un acontecimiento, de tal manera que he decidido dejar de recolectar hasta la implantación de una regulación en la recolección.

Por más que le doy vueltas no puedo entender como desde las autoridades locales y autonómicas no se hace nada para no acabar con la gallina de los huevos de oro. No llego a entender como se puede promocionar hasta la saciedad jornadas de gastronomía micológica en las que el producto local, y por lo tanto el valor añadido a la economía de la zona que ello traería, es insignificante ya que, en el mejor de los casos, la materia prima viene del otro lado de la Sierra, pero no hacer nada para regular ese preciado recurso. Es hora de actuar de una forma valiente y reclamar la implantación de un modelo de regulación que, basado en la exitosa experiencia castellanoleonesa y adaptado a las particularidades locales, recupere el maltrecho estado del reino fungi en nuestros montes. Aun estamos a tiempo de aprovechar un recurso limitado y convertirlo en un verdadero motor, junto a otros aprovechamientos de nuestros montes, de nuestro futuro. Un futuro que será sostenible o no será, y no porque lo digan los grupos conservacionistas o entendidos en la materia, sino porque la actual crisis económica ha enseñado a la Sierra del Guadarrama que los cantos de sirena del ladrillo eran pan para hoy y hambre para mañana y que nuestra economía se debe basar en la protección, conservación, fomento y aprovechamiento ordenado de los maravillosos recursos naturales que nos brinda el Guadarrama, de manera compatible con el equilibrio natural... ¡que maravilla de país este si se cumpliese siquiera el espíritu de las leyes!
Además, ¿algún político se ha parado a pensar (perdón por el error lógico, quién sabe, a lo mejor existe la excepción que confirma la regla) en los puestos de trabajo directos e indirectos que el proyecto MYASRC ha generado en Castilla y León? Creo que por la Sierra de Madrid no andamos tampoco como para dejar pasar oportunidades de generación de empleo.

Una vez acabada y publicada la entrada me llega la publicación en el B.O.E. de la Orden AAA/1805/2014, de 11 de septiembre, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de hongos silvestres para su comercialización en fresco, que regirá durante la campaña 2014/2015. Imagino que huelga decir que todos exigimos este tipo de contrato a los establecimientos hosteleros donde consumimos hongos silvestres, ¿no?

De:
http://asociacionfraxus.blogspot.com.es/2014/10/regulacion-micologica-en-la-vertiente.html

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